SAT lanza programa de regularización fiscal para pequeños contribuyentes

Rebeca Marín

¿Sabías que una deuda con el SAT puede llevarte a una mala calificación en el buró de crédito? Si debes algún impuesto o tienes un crédito fiscal con el Servicio de Administración Tributaria, este año puedes regularizar tu situación gracias a un programa dirigido a pequeños contribuyentes.

 

El SAT presentó recientemente el Programa de Regularización Fiscal 2025, diseñado para facilitar la regularización de adeudos fiscales y combatir la evasión y el contrabando y enfocado en personas físicas o morales cuyo ingreso, en el año fiscal que se quiera regularizar, no supere los 35 millones de pesos.

 

Si olvidaste u omitiste trasladar un impuesto como el IVA, pagar el ISR o incluso si estás enfrentando el pago de un crédito fiscal o una auditoría por parte de la autoridad, puedes beneficiarte de este programa.

 

Este lunes, autoridades del SAT mencionaron que este programa consiste en la disminución del 100% de los cobros accesorios asociados a un adeudo fiscal, es decir, que los contribuyentes que reúnan los requisitos podrán ser perdonados en el pago de multas, recargos y gastos de ejecución.

 

Además, según sea el caso, se puede solicitar pagar un adeudo en hasta seis parcialidades. Los contribuyentes interesados pueden solicitar acceder al programa desde el 1 de enero y hasta el 30 de septiembre de 2025.

 

Personas físicas y morales con ingresos inferiores a 35 millones de pesos, en el año fiscal en el cual se quiera regularizar el contribuyente. Esto quiere decir que, por ejemplo, un solo contribuyente puede presentar casos para diversos años, por separado, toda vez que se cumpla con este criterio, además de los siguientes.

 

Contribuyentes que autodeterminen sus contribuciones antes de ser fiscalizados. Es decir, por ejemplo, profesionales que dejaron de enterar un impuesto (IVA o ISR) al SAT en los años de 2023, hacia atrás. Pero que aún no han sido sujetos a procesos de comprobación.

 

Quienes están en procesos de comprobación por parte del SAT. En este caso, deben llevar a cabo la autocorrección por las irregularidades detectadas en el ejercicio de las facultades de comprobación dentro del plazo establecido por la autoridad que te está revisando. Y realizar el pago de la regularización, con el 100% de disminución en multas, recargos y gastos de ejecución.

 

Los contribuyentes que ya están pagando un crédito fiscal al SAT a 12, 24 o 36 parcialidades, podrán optar por pagar el resto del adeudo, antes de que termine el año, en una sola exhibición, pero con el descuento de las multas, recargos y gastos de ejecución.

 

Los contribuyentes que actualmente se enfrentan a un crédito fiscal a cargo, siempre y cuando desistan de un mecanismo de defensa, en caso de que hayan impugnado la determinación de la autoridad.

 

En estos casos se contempla un beneficio del descuento del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, además de la opción de pagar hasta en 6 parcialidades, en caso de que el cargo sea significativo para el contribuyente. Esto incluye una tasa de interés mínima, de 1.25% anual.

 

Personas físicas y morales con ingresos inferiores a 35 millones de pesos, en el año fiscal en el cual se quiera regularizar el contribuyente. Esto quiere decir que, por ejemplo, un solo contribuyente puede presentar casos para diversos años, por separado, toda vez que se cumpla con este criterio, además de los siguientes.

 

Contribuyentes que autodeterminen sus contribuciones antes de ser fiscalizados. Es decir, por ejemplo, profesionales que dejaron de enterar un impuesto (IVA o ISR) al SAT en los años de 2023, hacia atrás. Pero que aún no han sido sujetos a procesos de comprobación.

 

Quienes están en procesos de comprobación por parte del SAT. En este caso, deben llevar a cabo la autocorrección por las irregularidades detectadas en el ejercicio de las facultades de comprobación dentro del plazo establecido por la autoridad que te está revisando. Y realizar el pago de la regularización, con el 100% de disminución en multas, recargos y gastos de ejecución.

 

Los contribuyentes que ya están pagando un crédito fiscal al SAT a 12, 24 o 36 parcialidades, podrán optar por pagar el resto del adeudo, antes de que termine el año, en una sola exhibición, pero con el descuento de las multas, recargos y gastos de ejecución.

 

Los contribuyentes que actualmente se enfrentan a un crédito fiscal a cargo, siempre y cuando desistan de un mecanismo de defensa, en caso de que hayan impugnado la determinación de la autoridad.

 

En estos casos se contempla un beneficio del descuento del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, además de la opción de pagar hasta en 6 parcialidades, en caso de que el cargo sea significativo para el contribuyente. Esto incluye una tasa de interés mínima, de 1.25% anual. 

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