Martín Aguilar
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió atraer el expediente 869/2025, relacionado con el suministro de agua potable en el municipio de Ecatepec, donde se analizará si el gobierno local puede restringir el servicio a alrededor de 50 litros diarios por persona.
El asunto llegó al Máximo Tribunal a partir de una solicitud presentada por la diputada Miriam Silva Mata, quien planteó la necesidad de que la Corte revise cómo se garantiza el derecho humano al agua en este municipio del Estado de México.
El análisis se enfocará particularmente en la legalidad de imponer límites al suministro incluso a usuarios que cumplen puntualmente con el pago del servicio, lo que abre un debate sobre el alcance de las facultades municipales frente a derechos constitucionales.
Con la atracción del caso, la SCJN ordenó a los Tribunales Colegiados del Estado de México suspender cualquier resolución pendiente relacionada con este conflicto, con el objetivo de evitar fallos definitivos mientras se analiza el fondo del asunto.
Uno de los puntos centrales será la aplicación del llamado "mínimo vital", criterio con el que la autoridad municipal justifica la restricción debido a la escasez de agua y a las limitaciones técnicas del sistema de distribución.
En términos prácticos, esta cantidad equivale a un volumen reducido de agua, similar al contenido de tres cubetas grandes, destinado a cubrir durante un día necesidades básicas como consumo, preparación de alimentos, higiene personal y limpieza del hogar.
La votación para atraer el caso contó con el respaldo de las ministras y ministros Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf, Hugo Aguilar Ortiz, Sara Irene Herrerías Guerra e Irving Espinosa Betanzo, quienes consideraron que el tema tiene relevancia constitucional y podría sentar precedentes para otros municipios del país.
0 Comentarios